lunes, 6 de junio de 2011

Le bajan la pena tras atropellar y matar a una mujer que no cruzó por la esquina - Noticias

06-06-2011 | La Ciudad

Le bajan la pena tras atropellar y matar a una mujer que no cruzó por la esquina

La Justicia rosarina disminuyó a la mitad la responsabilidad de un motociclista que atropelló y causó la muerte de una mujer, porque la víctima cruzaba la calle a treinta metros de la senda peatonal, en pleno centro de Rosario.

La Justicia rosarina disminuyó la responsabilidad de un motociclista que atropelló y causó la muerte de una mujer, porque la víctima cruzaba la calle a treinta metros de la senda peatonal.
El hecho que motivó la decisión judicial, según informaron fuentes judiciales de LT3 y LT8, ocurrió el 14 de noviembre del 2007, cuando la mujer de 74 años estaba cruzando la calle San Luis al 1,100 entre vehículos estacionados, a unos treinta metros de su intersección con Mitre en pleno centro de Rosario, cuando fue embestida por un motociclista. A raíz de las graves heridas sufridas falleció dieciocho días después en el hospital Centenario.
Al respecto cabe recordar que una ordenanza municipal establece que “son deberes y obligaciones de los peatones circular por las aceras o pasos peatonales y cruzar en los lugares señalizados o habilitados para ello”.
En la resolución, el Tribunal Colegiado Extracontractual Nº 2 afirma que la infracción a esa normativa constituye un reproche que debe serle endilgado a la víctima por no cumplir con los deberes a su cargo.
Los jueces Viviana Cingolani, Juan José Bentolila y Delfina Domínguez consideraron que el motociclista no contaba con el dominio de su rodado que le permitiera efectuar la frenada eficaz que era necesaria para evitar colisionar a la mujer.
Por lo tanto los magistrados fijaron una responsabilidad en el hecho del 50 por ciento para el conductor de la moto porque la persona que cruzaba la calle no lo hacía por un lugar permitido. A raíz de esto el motociclista deberá pagar entre capital e intereses 360 mil pesos a los familiares de la mujer fallecida.
Además, fue condenado a abonar alrededor de 50 mil pesos al hospital Centenario por las prestaciones médicas realizadas a la paciente que posteriormente falleció.
La Justicia rosarina disminuyó la responsabilidad de un motociclista que atropelló y causó la muerte de una mujer, porque la víctima cruzaba la calle a treinta metros de la senda peatonal.
El hecho que motivó la decisión judicial, según informaron fuentes judiciales de LT3 y LT8, ocurrió el 14 de noviembre del 2007, cuando la mujer de 74 años estaba cruzando la calle San Luis al 1,100 entre vehículos estacionados, a unos treinta metros de su intersección con Mitre en pleno centro de Rosario, cuando fue embestida por un motociclista. A raíz de las graves heridas sufridas falleció dieciocho días después en el hospital Centenario.
Al respecto cabe recordar que una ordenanza municipal establece que “son deberes y obligaciones de los peatones circular por las aceras o pasos peatonales y cruzar en los lugares señalizados o habilitados para ello”.
En la resolución, el Tribunal Colegiado Extracontractual Nº 2 afirma que la infracción a esa normativa constituye un reproche que debe serle endilgado a la víctima por no cumplir con los deberes a su cargo.
Los jueces Viviana Cingolani, Juan José Bentolila y Delfina Domínguez consideraron que el motociclista no contaba con el dominio de su rodado que le permitiera efectuar la frenada eficaz que era necesaria para evitar colisionar a la mujer.
Por lo tanto los magistrados fijaron una responsabilidad en el hecho del 50 por ciento para el conductor de la moto porque la persona que cruzaba la calle no lo hacía por un lugar permitido. A raíz de esto el motociclista deberá pagar entre capital e intereses 360 mil pesos a los familiares de la mujer fallecida.
Además, fue condenado a abonar alrededor de 50 mil pesos al hospital Centenario por las prestaciones médicas realizadas a la paciente que posteriormente falleció.

 

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